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Termino de Giro SII

Si ya no sigues con tu emprendimiento o empresa, hacer el término de giro en el SII es fundamental para evitar problemas con impuestos o fiscalizaciones. Es un trámite obligatorio que debe hacerse de forma correcta y a tiempo para quedar al día.

¿Qué Es el Término de Giro y Cuándo Debe Hacerse?

Es la declaración oficial ante el Servicio de Impuestos Internos de que dejarás de ejercer actividades comerciales o profesionales. Esto implica informar al fisco que ya no emitirás boletas, facturas ni tendrás ingresos afectos.

  • Se hace al cerrar un negocio individual, empresa o actividad profesional.
  • Debe presentarse cuando cesa completamente la actividad ante el SII.
  • Aplica también si se fusiona o disuelve una sociedad.
  • Es obligatorio antes de cerrar formalmente una empresa en otras entidades.
  • Debe declararse incluso si no se tienen deudas vigentes.
  • Hay plazo de 2 meses desde que cesa la actividad.
  • Se realiza solo por internet en la plataforma del SII.

Requisitos Para Tramitar el Término de Giro

  • RUT del contribuyente o representante legal autorizado.
  • Clave secreta del SII o certificado digital válido y activo.
  • Haber presentado todas las declaraciones mensuales y anuales.
  • Estar al día en boletas de honorarios, facturas y pagos retenidos.
  • No tener procesos de revisión fiscal o auditoría pendientes.
  • Informar el motivo del cierre o cese de actividad.
  • Ingresar el último período tributario con movimientos si corresponde.
  • Incluir inventario final y detalle de activos si la actividad era con IVA.

Realizar el Término de Giro en la Plataforma del SII

Este trámite solo puede hacerse en línea desde el sitio del SII y requiere que el contribuyente esté habilitado digitalmente.

  1. Iniciar sesión en el portal del SII con RUT y clave secreta o firma electrónica.
  2. Acceder a “Servicios online” y elegir “Inicio y término de giro”.
  3. Hacer clic en “Declarar término de giro” y seleccionar el tipo de contribuyente.
  4. Completar los datos de la actividad a cerrar y la fecha efectiva de término.
  5. Confirmar que no hay declaraciones ni pagos pendientes.
  6. Adjuntar, si corresponde, inventario o balance final.
  7. Enviar la solicitud y descargar el comprobante digital del trámite.
  8. Revisar el correo registrado por si el SII solicita antecedentes extra.

¿En Qué Casos No Se Puede Hacer el Término de Giro?

Hay situaciones en las que el sistema no permite realizar este trámite, y es importante identificarlas a tiempo para corregirlas.

  • Si existen declaraciones de IVA o renta pendientes de presentación.
  • Cuando hay pagos de impuestos morosos o no ingresados.
  • Si se encuentra en curso una fiscalización o citación tributaria.
  • Si el RUT está suspendido por no cumplir obligaciones formales.
  • Cuando no se ha informado el cese efectivo de todas las sucursales.
  • Si hay créditos fiscales no declarados o activos sin informar.
  • En caso de que la actividad esté asociada a boletas no rendidas.

¿Se Puede Dar de Alta en Inicio de Actividades Tras un Término de Giro?

Sí, es posible volver a iniciar actividades después de haber hecho un término de giro. Por lo general, es un proceso o caso que se da cuando alguien puede pasar de persona natural a una empresa o sociedad en la que también puedan haber otras, como una cooperativa. Sin embargo, es necesario cumplir algunos requisitos según el tipo de contribuyente.

¿Qué Pasa Si No Se Hace el Término de Giro?

Seguirás acumulando obligaciones tributarias, como declaraciones mensuales y anuales. El SII te considerará activo y podrías recibir multas o fiscalizaciones. Incluso sin ingresos, tendrás que seguir cumpliendo deberes formales.

¿Se Puede Hacer el Término de Giro Sin Haber Tenido Ingresos?

Sí, puedes cerrarlo aunque no hayas emitido boletas ni facturado. Lo importante es que hayas presentado las declaraciones en cero y cumplido con todas las obligaciones. De lo contrario, el sistema te bloqueará el trámite.

¿Qué Documentos Se Debe Conservar Tras el Cierre?

Debes guardar el comprobante del término de giro y toda la documentación contable por al menos 6 años. Esto incluye facturas, libros de compras y ventas, inventarios y declaraciones. En caso de revisión posterior, pueden exigírtelos.

¿Se Puede Anular un Término de Giro Ya Hecho?

Sí, pero solo si fue realizado con error y dentro del plazo legal. Debes ingresar una solicitud de rectificación en el mismo portal del SII. El sistema evaluará si es procedente revertir el cierre y permitirá modificar datos.

¿El Trámite Sirve Como Cierre Formal de la Empresa?

Sí, ante el SII es la única forma válida de dejar sin efecto la actividad tributaria. Pero para cerrar una sociedad también debes completar el proceso en otras instituciones como el Registro de Empresas y el Conservador de Bienes Raíces.

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